LA MATERIA IMPONIBLE EN LOS TRIBUTOS EXTRAFISCALES. ¿PRESUPUESTO DE REALIZACION DE LA AUTONOMIA FINANCIERA?
La interpretación constitucional de una norma integrante del bloque de constitucionalidad -art. 6.3 LOFCA- que excluya de facto el ejercicio de una competencia financiera, reconocida a las CCAA en la CE para establecer tributos propios -art. 157.1.b) CE, plantea la pregunta de si los tributos propios autonómicos son constitucionales en la actualidad.
La proyección cuantitativa y cualitativa de la autonomía financiera, reflejada en el actual Sistema de Financiación Autonómica a través de los impuestos cedidos, no excluye en modo alguno otras manifestaciones de dicha autonomía como la de establecer tributos propios.
Por tanto, es relevante analizar la trascendencia de la doctrina constitucional, principalmente en la STC 289/2000, para la pervivencia de los tributos propios autonómicos. Dicha pervivencia parece ser complicada en la actualidad, dada la interpretación constitucional que indica tanto el agotamiento de la materia imponible disponible para establecer esos recursos autonómicos, como la subordinación del ejercicio de dicha competencia constitucional al legislador estatal ordinario.
El encaje del ejercicio del poder financiero por parte de los distintos titulares (Estado-Administración central; CCAA, CCLL), así como la consecución del mandato constitucional de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos mediante un sistema tributario justo, dista de lograrse. Es en este contexto que surge la motivación para realizar esta obra.
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