CODIGO ETICO DE LA EDIFICACION III

Author: Jose Alberto Pardo Suarez

«El técnico, y ante todo el arquitecto, puede y debe en la medida de sus posibilidades enjuiciar y reparar todo aquello que encuentre torcido en su profesión y en su arte: la legislación, la deontología, la organización colegial, el visado, los modelos educativos y formativos, el diseño mismo -el puro diseño arquitectónico-, la especialización profesional con sus problemáticas particulares, y tantas otras cosas. Afróntelas como un perito afronta un problema y resuélvalas, termínelas como lo termina, pero a otro nivel. No lo vea, por favor, como una invitación, porque lo verá distorsionadamente: es una obligación. Pues vive de su profesión y de su arte, su profesión y su arte le exigen esto a él, para poder vivir como él…”.

En el tercer volumen del Código Ético de la Edificación, se gira en torno a la figura del perito, pero no al que comúnmente se considera como tal, sino a uno nuevo. Un perito y un técnico renovados, que trabajan con una metodología y sistemática verdaderamente periciales, en niveles a los que el perito común no alcanza, pero apoyado precisamente en él. Este profesional ha evolucionado y se ha superado, pasando de ser reparador de edificios y obras arquitectónicas, a ser reparador de la profesión y el arte de la arquitectura.

Para comprender este fundamento, es necesario conocer el papel del perito arquitecto y arquitecto técnico en las mutuas de responsabilidad civil respectivas, ASEMAS y MUSAAT, y su participación en la formación junto con los colegios profesionales y las agrupaciones de peritos. Se analizarán dos cursos desde su programa, descubriendo sus carencias que los hacen en la práctica inhábiles o insuficientes para su propósito.

Luego, se estudiarán los peritos de las compañías de seguros y las empresas de peritaciones, y sobre todo los de las empresas de tasación, examinando detalladamente la legislación que les dio origen. Se concluirá que no cumplieron su objetivo y que el modesto perito autónomo puede cumplir con mayor garantía, siempre que las leyes se lo permitan y él mismo se corrija por medio de dos mecanismos: el recurso interno de la vigilancia y el recurso externo de la exposición, necesarios para mantener su independencia sin que peligre su supervivencia.

Finalmente, se dedicarán tres capítulos completos al perito como redactor de informes de ITE, ampliando y completando el estudio iniciado en el primer volumen. Se reafirmarán con nuevas evidencias aquellas conclusiones, y básicamente la de que este informe es un sucedáneo de un informe pericial, de calidad francamente inferior pero que compromete sin embargo mucho más.»

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