NO SE ALQUILA UN VIENTRE, SE ADQUIERE UN HIJO (LA LLAMADA GESTACION POR SUSTITUCION)

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Author: Luis I. Arechederra

En España, Francia e Italia, entre otros países, no se admite la gestación por sustitución. Sin embargo, debido al poder adquisitivo de los nacionales de dichos países, han nacido en el extranjero hijos que luego son asumidos mediante dicho recurso. Esta situación ha generado el problema de la admisión en el Registro Civil de las certificaciones de nacimiento expedidas por la autoridad registral extranjera.

En España, esta cuestión ha enfrentado a la Dirección General de los Registros y del Notariado y a la Fiscalía General del Estado. El Tribunal Supremo ha impugnado una inscripción autorizada por la Dirección General, lo que ha llevado a esta última a seguir un criterio contrario, causando asombro en la Fiscalía General del Estado. Esta polémica ha condicionado el análisis jurídico del contrato de gestación por sustitución, ya que se ha enfocado el estudio desde una perspectiva interesante pero escasamente sustantiva.

En este estudio, se ha puesto atención en la índole de dicho contrato, aplicando el principio recogido en el artículo 29 del Código Civil, según el cual «el nacimiento determina la personalidad». Teniendo en cuenta este artículo, es necesario dividir el análisis de este contrato en dos fases: antes y después del nacimiento.

En la primera fase, se puede hablar de las implicaciones legales y éticas previas al nacimiento del hijo por gestación por sustitución. Se deben considerar los derechos y obligaciones de las partes involucradas, así como los posibles conflictos que puedan surgir. Además, se debe examinar la legislación vigente en cada país y cómo afecta a este tipo de contrato.

En la segunda fase, una vez que el hijo ha nacido, surgen nuevos interrogantes. ¿Cómo se establece la filiación? ¿Qué derechos tiene el hijo y cómo se le protege legalmente? ¿Qué ocurre si una de las partes decide no cumplir con el contrato después del nacimiento? Estas y otras cuestiones deben ser abordadas con el fin de garantizar la protección y el bienestar del menor.

En conclusión, el análisis del contrato de gestación por sustitución requiere examinar tanto las implicaciones previas como posteriores al nacimiento del hijo. Es fundamental considerar los aspectos legales, éticos y de protección de los derechos del menor en este tipo de situaciones.

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